EMEGENCIA SANITARIA. FLEXIBILIZACIONES DE NORMATIVA COVID-19

En el marco del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO y OBLIGATORIO dispuesto por Presidencia de la Nación, el Intendente Municipal dispuso administrar ciertos rubros de acuerdo a lo dispuesto por el Comité de Crisis conforme Decreto 676/2020.

☑Todos aquellos albañiles, plomeros, gasistas, electricista, pintores y los que se encuadren dentro de la categoría “personal de oficio” que hasta el momento se les autorizó circular tres veces por semana, se ampliará de lunes a sábado de 8 a 16. Los permisos otorgados son VALIDOS. No deberán volver a sacar el permiso

☑ Se autoriza a partir del día de la fecha, la circulación de 2 personas por vehículo y en casos de FUERZA MAYOR, por excepción y justificadamente, se permitirá transitar por vehículo la cantidad de personas según cinturones de seguridad que habilite el mismo.

☑Se permitirá a los comercios del rubro: retacería, sedería, telas, lanas, mercería, bazares, casas de decoración, blanquería y relojería para que puedan abrir sus comercios los días jueves, viernes y sábado de 8 a 15 cumplimentando el distanciamiento social, el ingreso de una persona por vez al local y la obligatoriedad del uso de mascarilla comunitaria tanto para clientes como así también para comerciantes.

☑Se habilitará los comercios de cobranzas de impuestos y servicios (RAPIPAGOS) como así también, a partir del LUNES 27 aquellos locales de cobranzas de créditos personales (Naldo, Casa Silvia, Merlino, Carlitos Hogar) de lunes a viernes de 8 a 16 adhiriendo a las disposiciones nacionales de atención según número de documento, cumplimentando la OBLIGATORIEDAD de atención por turno sin permanencia de vecinos en la vía pública.

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