⚠️ Nuevas medidas como consecuencia del análisis de la situación epidemiológica

 

A partir de este momento por instrucción del Presidente y el Jefe de gabinete de ministros los ministerios de Salud, Turismo y Deporte, Interior, Seguridad, Cancillería, junto con las 24 jurisdicciones y los expertos, trabajaremos junto con Legal y Técnica para, a través de una DA en los próximos días y con la renovación del DNU y la DA de fronteras hasta el 1 de octubre avanzar en esta línea:

? A partir del 1° de octubre se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando estamos circulando en forma individual, burbuja en todos los casos cuando NO haya aglomerado de personas.

? Continúa siendo obligatorio el uso de tapaboca en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.

?Reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.

?Aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.

?Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema de vacunación (1° dosis). ES LA ACTIVIDAD DE MAYOR RIESGO, TENIENDO EN CUENTA LA VARIANTE DELTA

? Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema de vacunación (1° dosis). Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.

?Eventos masivos de más de MIL (1000) personas. A partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.

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